Quien considera que fue despedido sin causa tiene un plazo breve para demandar. Vencido ese plazo, la acción caduca.

Un despido sin causa justa genera derechos. Pero esos derechos tienen un plazo para ejercerse. La ley laboral establece un plazo de caducidad de treinta días para demandar la nulidad del despido, el despido arbitrario o los actos de hostilidad.

La caducidad no se interrumpe con conversaciones ni con promesas de reincorporación. Si el plazo vence, la acción se extingue.

¿Qué puede reclamarse?

Depende del tipo de despido. En el despido arbitrario, la regla general es una indemnización equivalente a una remuneración y media por cada año completo de servicios, con un tope de doce remuneraciones. En el despido nulo o incausado, puede discutirse la reposición en el puesto.

La elección entre indemnización y reposición tiene consecuencias. Conviene tomarla con información completa.

Qué hacer en los primeros días

  • Conserve la carta de despido o cualquier comunicación escrita.
  • Reúna boletas, contrato y constancias de trabajo.
  • No firme documentos de renuncia o liquidación sin leerlos con calma.
  • Consulte a un abogado cuanto antes: el cómputo del plazo tiene matices.

Cada caso es distinto. La vía adecuada depende de la causa invocada, del régimen laboral y de la prueba disponible.